Como parte de los esfuerzos para regular a las personas que ofrecen servicios recreativos en Puerto Rico, el Departamento de Recreación y Deportes (DRD) anuncia la aprobación del Reglamento Núm. 9448, llamado “Reglamento para las licencias de los profesionales de la recreación“. El mismo busca proteger al ciudadano de las actividades, eventos y programas recreativos en la Isla, otorgando licencias a los profesionales con experiencia y preparación académica en los campos de la administración de programas en recreación y deportes, terapia recreativa y recreación al aire libre.
“Es nuestro deber garantizarle a la ciudadanía que los profesionales que tienen a su cargo coordinar y ejecutar distintas iniciativas recreativas cuenten con el conocimiento y el aval del organismo gubernamental que los regula, que somos nosotros en el DRD. Corresponde a la ciudadanía indagar si quien ofrece la actividad recreativa que le interese cuenta con alguna de las licencias técnicas y profesionales que se cobijan bajo este reglamento”, comunica Ray J. Quiñones Vázquez, secretario del DRD.
Mediante el Reglamento Núm. 9448 se otorgan licencias técnicas y profesionales. Bajo el primer renglón, los aspirantes a líderes recreativos pueden obtenerla para trabajar en comunidades, en campamentos o en proyectos auspiciados por el Departamento de Vivienda Federal; también para laborar con la población correccional, con adultos mayores y ofreciendo excursiones, aventuras al aire libre y actividades de alto riesgo.
Por su parte, a quienes se les otorgan las licencias profesionales tienen la capacidad de evaluar, diseñar y producir programas acordes con la comunidad a la que dirigen sus esfuerzos. Ellos tienen a su disposición las licencias de profesional en terapia recreativa y la de administrador o gerente de instalaciones, programas y servicios recreativos y deportivos. En términos de educación, se reconocen los grados emitidos por universidades que están bajo el Consejo de Educación Superior; y en el caso del nivel técnico, se aceptan las certificaciones cortas de instituciones universitarias. Los grados académicos son necesarios a nivel profesional.
El “Reglamento para las licencias de los profesionales de la recreación” entra en el periodo de la cláusula de antigüedad en la que se reconocen las experiencias con unas características descritas en el documento.
Para más información, los interesados pueden comunicarse a través del correo electrónico institutopr@drd.pr.gov.